Las protecciones contenidas en la Constitución de los Estados Unidos para el libre ejercicio de la religión y la libertad de expresión y de reunión, y la prohibición del establecimiento estatal de una religión debe ser reforzada por las instituciones religiosas y otras personas interesadas en los Derechos Religiosos que se encuentran en vigor. Igualmente, para el caso de los derechos civiles de origen constitucional y estatutario. Aun cuando las casas de devoción religiosa y personas de fe pudieran también encontrarse a sí mismas defendiéndose ante reclamos realizados sobre sus prácticas llevadas a cabo por motivos religiosos acusadas de ser ofensivas de derechos civiles de otros. Incluyendo la protección adicional otorgada por la legislación federal y estatal, como la RFRA (ley para la Restauración de la Libertad Religiosa) y la RLUIPA (Ley del Uso de Tierras para Fines Religiosos y Personas Internadas). Es importante para las instituciones religiosas y los practicantes mantener una vigilancia y concientización sobre las mismas.

 

 

Asuntos Selectos
Nuestros abogados han representado a sus clientes en las respectivas materias:
  • Representación de una mujer religiosa en un caso ante una

    Comisión de Oportunidad en Igualdad de Empleo procediendo

    en contra de su antiguo empleador, quien la despidió por cubrir su cabeza en el trabajo de acuerdo a su práctica religiosa. Se obtuvo un acuerdo que incluye su restitución laboral y pago atrasados completos por el tiempo perdido de trabajo.

  • Se obtuvo un asilo religioso en representación de particulares que temieron persecución en países extranjeros por sus creencias religiosas, y se defendió en apelación a solicitantes de asilo contra ordenes administrativas que erróneamente negaron estas aplicaciones.